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10 dudas sobre el Kit Digital para pymes, autónomos y sus respuestas

Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio. Esto es lo que debes saber si estás pensando en acceder a ellas.

El Gobierno de la nación confía en que sean alrededor de un millón de empresas españolas las que acaben beneficiándose las ayudas que, dentro del plan de recuperación NexGenerationEU, se destinan al Kit Digital. A través de este se conceden subvenciones para mejorar la competitividad de autónomos y pymes mediante su transformación digital.

Se va a hacer en tres fases. Una primera es la que arrancó el pasado 15 de marzo, con una dotación de 500 millones de euros. Esta se orienta a las pymes de entre 9 y 49 empleados. Para ellos se disponen ayudas de hasta 12.000 euros por proyecto en su avance a la digitalización.

La segunda y la tercera fase llegarán algo más tarde, presumiblemente en julio y en octubre, para empresas de entre 3 y 9 empleados, primero, y entre 1 y 2 empleados, después.

Sólo los Agentes Digitalizadores adheridos y autorizados pueden desarrollar el servicio o solución digital contratada con el denominado Bono del Kit Digital. Según explican en Cosmomedia, uno de los Agentes Digitalizadores autorizados, las ayudas se gestionan por orden de solicitud, hasta agotar fondos, de aquí que convenga estar preparado para actuar con rapidez.

Desde Cosmomedia resuelven las principales dudas que pueden abordar a los aspirantes a aprovechar el Kit Digital.

Requisitos

Las empresas aspirantes a las subvenciones deben estar constituidas bien como pymes, microempresas o autónomos con domicilio fiscal en España.

Como empresa, debe estar registrada en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.

No debe tener la consideración técnica de empresa en crisis

Asimismo, los solicitantes deberán estar al corriente de los pagos de las obligaciones tributarias y la Seguridad Social y no estar sujeto a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea ni dentro de las prohibiciones que marca la Ley general de Subvenciones.

¿Cómo solicitar la ayuda?

Lo primero que debe hacer cada empresa es darse de alta en la web de Acelera Pyme y realizar el test de diagnóstico digital. También puede acordar con un Agente Digitalizador acreditado un acuerdo para que actúe a título de representante voluntario, que es la figura que puede tramitar la subvención.

La figura de representante voluntario pretende agilizar la tramitación de manera que la pyme pueda desentenderse de esta tarea delegando en una autoridad que lleve a cabo la gestión.

¿Dónde encontrar un Agente Digitalizador?

En la página web de AceleraPyme aparece reflejado el listado oficial de Agentes Digitalizadores, con un buscador que permite filtrar por nombre, localidad y por tipo de solución del Programa Kit Digital.

Sólo los Agentes Digitalizadores adscritos pueden desarrollar los servicios del Kit Digital, por lo que la pyme y el autónomo sólo deben formalizar el acuerdo con el Digitalizador debidamente acreditado.

¿Cuánta ayuda te pueden conceder?

Dependiendo del segmento en el que se encuentre cada empresa, pueden obtener desde 2.000 euros (microempresas y autónomos) 6.000 euros, si tienen entre 3 y menos de 10 empleados y hasta 12.000 euros (pymes de mayor plantilla, de más de 10 y menos de 50 trabajadores).

¿En qué soluciones puedes invertir?

Ya se ha dicho que el programa del Kit Digital ha diseñado un catálogo de 10 soluciones diferentes a las que se pueden aplicar. Dentro de la cuantía prevista, no es necesario invertir toda la cantidad en una única solución pudiendo repartir la suma entre varias.

De esta manera, el bono digital que obtienen las pymes beneficiarias puede utilizarse para diferentes servicios digitales, siempre y cuando estén dentro de las 10 soluciones que establece el programa. Dependiendo de la solución que escoja y del segmento de empresa en el que se encuentre, puede distribuirse más o menos importe en cada servicio. Estas son las 10 soluciones:

  • Sitio web y Presencia en Internet, hasta 2.000€
  • Comercio electrónico, hasta 2.000€
  • Gestión de redes sociales, hasta 2.500€
  • Gestión de clientes, hasta 4.000€
  • BI y analítica, hasta 4.000€
  • Servicios de oficina virtual, hasta 12.000€
  • Gestión de procesos, hasta 6.000€
  • Factura electrónica, hasta 1.000€
  • Comunicaciones seguras, hasta 6.000€
  • Ciberseguridad, hasta 6.000€

¿Y si superas la cuantía de la ayuda?

Las empresas que contraten servicios con coste superior a la ayuda concedida deberán acordar directamente el pago de la diferencia con el Agente digitalizador, asumiendo ese coste de forma independiente a la cuantía de la ayuda.

¿Sólo para nuevos servicios o también para mejorar los ya disponibles?

La empresa puede canjear su bono digital para adquirir un nuevo servicio digital que no tenía previamente o para mejorar un servicio digital ya implementado, siempre y cuando suponga una “mejora funcional”, vinculada a “que la solución sustituida no cumpliera con alguno de los requisitos mínimos exigidos”, indica la convocatoria.

¿Pueden las asociaciones solicitarlo?

Según Cosmomedia, “por norma general, puede pedir la ayuda económica cualquier entidad con actividad económica y personalidad jurídica propia. Es decir, si una asociación sin ánimo de lucro cuenta con consideración de pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo, independientemente de la forma jurídica que tenga, podrá solicitar su Bono digital.

Quedan excluidas “las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización; las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público; los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica”, especifica la convocatoria.

¿Quién cobra las ayudas del Kit Digital?

La ayuda la percibe el Agente Digitalizador que desarrolla el servicio o solución digital contratada. La empresa percibe un ‘Bono digital’ a canjear en soluciones o servicios concretos, pero en ningún momento percibe la cuantía económica de forma directa.

¿Tengo que esperar a mi convocatoria?

Los negocios que no se encuentren incluidos en esta primera tanda de 9 y hasta 49 empleados, tendrán que esperar a que se lance su correspondiente convocatoria. Lo que sí pueden hacer es el test de autodiagnóstico, ir analizando la situación y ver si algunas de las 10 soluciones propuestas le interesan y, en caso afirmativo, buscar al agente digitalizador con el que quieren hacer las gestiones.

Fuente. Emprendedores.es

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